miércoles, 21 de marzo de 2012

ALCALDE EBRIO PROVOCA ACCIDENTE DE TRANSITO

La ebriedad de los conductores e una de las principales causas de los accidentes de tránsito. ¿Le podría pasar a cualquiera? definitivamente no, esto sólo le podría pasar a quienes desconocen las normas de tránsito, evidentemente este sujeto no hizo su curso en la escuela de conductores y menos se preocupó de investigar por su cuenta, como la gran mayoría de "choferes".
La infracción que cometió José Palomino, el alcalde de Quequeña, fué muy grave la M1 que es por conducir bajo la influencia del alcohol en un proporción mayor a 0.50gr/lt (el dosaje arrojó 0.88) de sangre, comprovado con el exámen o por negarse al mismo y además participar en un accidente de tránsito.
las consecuencias administrativas serán una multa de 100% de la UIT es decir S/.3650.00 también la cancelación de la licencia de conducir e inhabilitación por tres años. pero eso no es todo, enfrentara un proceso civil y penal y eso es mas peligroso.
Muy mal ejemplo que no se debe imitar.

martes, 20 de marzo de 2012

FOTOPAPELETAS EN AREQUIPA

Por fin se empezaron a colocar las FOTOPAPELETAS, basicamente a conductores que se estacionen en zonas rígidas o zonas prohibidas, lo que se constituye como una infracción grave que derivará en una multa del 8% de la UIT es decir el equivalente a S/. 292.00, pero esta infracción se puede pagar con el benefio del descuento, es decir el conductor o el propietario abonaran unicamente el 17%, mas o menos el equivalente a S/. 49.64, siempre y caundo lo haga dentro de los siete días habiles posteriores al día de la comisión de infracción.
A diferencia de las papeletas impuestas por acciones de control en las vias publicas, esta modalidad no se podría impugnar, dado que el requisito indispensble es contar con el medio provatorio, es decir la fotografía, salvo que se haya cometido la infracción por una necesidad o emergencia.
Es importante también saber que si la autoridad competente usa medios electrónicos para la detección de infracciones, éstos deberan ser validados y homologados por el INDECOPI una vez al año, para que puedan servir como medio provatorio.